CAJA DE ANDE

Gasolina gratis por 3 meses


Gasolina gratis por 3 meses


Reglamento de la Promoción “Gasolina gratis por 3 meses”

CLÁUSULA PRIMERA: Titularidad de la promoción

Caja de Ahorro y Préstamos de la Asociación Nacional de Educadores, en adelante denominada Caja de ANDE, con cédula jurídica 3-007-2820, está autorizada para realizar promociones de los productos y servicios que ofrece a sus accionistas. Todo el ordenamiento jurídico aplicable y el presente reglamento, forman el marco legal por el cual se rige la promoción. El reglamento estará a disposición de los accionistas en la página de Internet de Caja de ANDE: www.cajadeande.fi.cr , para su consulta.

CLÁUSULA SEGUNDA: Naturaleza de la promoción

La presente promoción se considerará de naturaleza exclusiva para los accionistas de Caja de ANDE.

CLÁUSULA TERCERA: Definiciones

Para los efectos de este reglamento se cumplen las siguientes definiciones:

  1. Caja de ANDE: dueño de la promoción “Gasolina gratis por 3 meses”.
  2. Reglamento: documento que regula la actividad dirigida por Caja de ANDE, denominado promoción “Gasolina gratis por 3 meses”.
  3. Promoción: actividad promocional aquí regulada.
  4. Accionista de Caja de ANDE: son todos los funcionarios y empleados, en servicio o con licencia, del Ministerio de Educación Pública y los jubilados o pensionados de ese Ministerio.
  5. Favorecido(a): accionista escogido como posible ganador mediante sorteo electrónico.
  6. Ganador(a): accionista que resulte favorecido en la promoción “Gasolina gratis por 3 meses”, una vez verificado por parte de Caja de ANDE que el mismo cumple con lo dispuesto en el presente reglamento y que el accionista firme el documento de aceptación del premio, exoneración de responsabilidad, el uso de imagen y cualquier otro documento que sea necesario según criterio de Caja de ANDE.
  7. Premio: Beneficio ofrecido por Caja de ANDE y que el accionista ganador obtiene cumpliendo con los requisitos, condiciones y firma de documentos respectivos. El detalle de los premios se amplía en el apartado PREMIOS.
  8. Participantes: Participan todos los accionistas que tramiten el préstamo de vehículo nuevo, usado o ecológico con Caja de ANDE, de marzo a diciembre de 2023.

CLÁUSULA CUARTA: Premio

  • Gasolina Gratis por 3 meses

detalle del premio

El ganador recibirá en su tarjeta de débito ₡150.000 al mes por 3 meses, para un total del premio de ₡450.000.

 CLÁUSULA QUINTA: Favorecidos

Cinco ganadores, uno por bimestre.

Si el ganador, tramitó el préstamo para compra de vehículo 100% eléctrico, se le hace el depósito del dinero de igual manera en su cuenta de tarjeta de débito en los tractos indicados en el detalle del premio.

Vigencia de la promoción

La presente promoción estará vigente en el plazo contado desde el 01 de marzo 31 de diciembre 2023

CLÁUSULA SEXTA: Forma de participar

Participan todos los accionistas que tramiten el préstamo de vehículo nuevo, usado o ecológico con Caja de ANDE, de marzo a diciembre de 2023.

En la publicidad de la promoción se consignará la frase “APLICAN RESTRICCIONES” ver reglamento en www.cajadeande.fi.cr en señal de que la participación de los accionistas, así como la propia promoción, están sujetas a condiciones y limitaciones impuestas por Caja de ANDE.

Estas condiciones y restricciones son las que se indican en el presente reglamento. Para participar es necesario que el accionista conozca y acepte anticipadamente las condiciones y limitaciones tanto de participación, como de la promoción.

Para participar en esta promoción, los accionistas deberán estar al día con todas sus operaciones.

CLAUSULA SÉPTIMA: Sorteo

El sorteo se realizará en oficinas centrales, mediante el uso de un sistema electrónico aleatorio y ante la presencia de un notario público, mismo que dará fe pública de lo actuado en el sorteo de elección del favorecido y ante los accionistas que se encuentren presentes, en las siguientes fechas:

fecha del sorteo

01 de mayo de 2023

03 de julio de 2023

01 de septiembre de 2023

01 de noviembre de 2023

08 de enero de 2024

El accionista favorecido será contactado vía telefónica a los números registrados en la base de datos de Caja de ANDE, y si no fue localizado en el plazo de dos (2) días hábiles, se dejará constancia de dicha circunstancia en un acta notarial que se le levantará para tal efecto.

Una vez que Caja de ANDE haya verificado que el accionista favorecido cumple con todos los requisitos del presente reglamento, éste deberá firmar un documento en el cual declara expresamente que conoce y acepta todas las condiciones y limitaciones establecidas en el presente reglamento, incluida la exoneración de responsabilidad y uso de imagen.

Los participantes quedan entendidos que Caja de ANDE no tendrá obligación alguna de realizar ningún tipo de investigación exhaustiva o adicional para lograr la localización de algún participante que hubiera resultado favorecido y que no pudiese ser contactado, ya que es deber de todo accionista mantener al día sus datos personales en la base de datos que posee Caja de ANDE.

Si no pudiere ser contactado el favorecido, o no pudiesen ser entregados o acreditados los premios, Caja de ANDE podrá disponer del premio según su criterio.

El resultado de la promoción, una vez determinado el ganador, se dará a conocer por medio de la página web de Caja de ANDE: www.cajadeande.fi.cr , además por la red social de la institución Facebook: Caja de ANDE Oficial.

CLAUSULA OCTAVA: Reclamo de premio

El plazo para reclamar el premio por parte del ganador expira a los noventa días (90) días hábiles posteriores a partir de la notificación telefónica. Pasado ese plazo, caducará el derecho de reclamar o hacer efectivo el premio, y Caja de ANDE no reconocerá premio alguno y, por lo tanto, no se verá en la obligación de satisfacerlo. Una vez reclamado el premio, Caja de ANDE definirá y comunicará al favorecido la fecha, lugar y hora en que su premio le será acreditado oficialmente.

El premio solo será entregado directamente a la persona que resultó favorecida en el sorteo de esta promoción y no por medio de autorizado.

No se aceptará el reclamo del premio, que no esté amparado a un documento de identificación válido. Si el premio no fuere reclamado o tomado, o bien fuere rechazado por el favorecido por cualquier razón, Caja de ANDE dispondrá del mismo según su criterio.

CLAUSULA NOVENA: Responsabilidad y Restricciones

La promoción actual se regula mediante el presente reglamento; siendo que para resolver cualquier diferencia relacionada con la misma se aplicarán las condiciones, limitaciones, mecánicas y restricciones establecidas en el presente reglamento.

Caja de ANDE se compromete a entregar únicamente los premios que ha indicado, en la cláusula sobre PREMIOS de este documento.

La responsabilidad de Caja de ANDE culmina, con la acreditación o entrega del premio al ganador correspondiente, Caja de ANDE no se hará cargo de ningún gasto incurrido por el favorecido y su acompañante; ni tampoco asumirá ningún tipo de responsabilidad, por daños o perjuicios que sufra el favorecido, con ocasión de los traslados o trámites necesarios para reclamar y disfrutar del premio.

El derecho al premio, no es negociable, ni puede ser comercializado de ninguna forma, por lo que queda prohibido traspasar a título oneroso, enajenar o de cualquier forma disponer de los premios en la forma que implique el traspaso del mismo a un tercero. Solamente queda bajo criterio de Caja de ANDE que el premio sea transferido a un familiar de hasta tercer grado de consanguinidad del favorecido, bajo consentimiento por escrito del ganador.

El disfrute del premio será válido únicamente para los efectos de la presente promoción y no podrá ser utilizado en conjunto con otro tipo de promociones o regalías.

Caja de ANDE podrá verificar la identidad y legitimidad del ganador que concurra a recibir el premio aquí ofrecido, por los medios digitales y uso de sistemas internos, a criterio de la institución. De no cumplir el favorecido con los requisitos que se especifican en el presente reglamento, se dejará sin efecto la entrega del premio correspondiente, sin que deba indemnizarse al ganador por daño alguno por dicho concepto, previa comunicación al participante.

El ganador acepta mediante la firma del documento correspondiente y bajo su consentimiento, que podrá ser fotografiado, retratado, filmado o grabado al momento en que se haga la entrega del respectivo premio y durante el viaje para efectos publicitarios, y deberá de estar anuente a ello , otorgando la facultad de utilizar su nombre e imagen en cualquier medio publicitario, renunciando a cualquier tipo de remuneración por ese concepto.

En caso de que el ganador no desee firmar el documento respectivo o indicar no estar anuente a ser fotografiado, retratado, filmado grabado al momento de realizar la entrega del premio, perderá como efecto de su libre decisión, su derecho a participar en la presente promoción; así como a que se le entregue el premio respectivo, sin que exista ningún tipo de responsabilidad por parte de Caja de ANDE con respecto a este, pudiendo incluso declarar desierto el premio.

Cualquier controversia o situación que no esté prevista en el presente reglamento y que surja a raíz de la aplicación de la presente promoción podrá ser resuelta mediante interposición de un reclamo administrativo ante el organizador de la presente promoción o mediante un proceso de conciliación que para ese efecto se desarrolla en la Plataforma de Atención al Consumidor de la Dirección de Apoyo al Consumidor del Ministerio de Economía, Industria y Comercio.

Caja de ANDE suspenderá en forma inmediata la entrega de los premios que se describe en este reglamento, sin asumir alguna responsabilidad, si se llegasen a detectar mecanismos de cualquier naturaleza que afecten o puedan afectar gravemente los intereses de la institución o de la promoción. Igualmente podrá tomar todo tipo de acciones a fin de evitar que personas se valga y aprovechen de la promoción, en perjuicio del resto de los participantes. Dichas acciones serán comunicadas de antemano a los participantes.

Para todos los efectos legales, queda autorizada Caja de ANDE para poder reprogramar, cambiar las características o especificaciones de la mecánica, de los premios ofrecidos en esta promoción o de los plazos, así como adicionar y/o modificar tanto la mecánica como las demás condiciones y restricciones establecidas en el presente reglamento, a fin de mejorar la participación de los accionistas, de acuerdo con la evolución y resultado de la presente promoción. En caso de ser necesario, se realizará una nueva publicación del mismo, en donde consten dichas modificaciones, aclaraciones y/o adiciones.

Ninguna persona podrá interpretar o modificar el presente reglamento si no es con la autorización previa y expresa por parte de Caja de ANDE. Por consiguiente, cualquier asunto que se presente con respecto a este reglamento, será resuelto por Caja de ANDE, en estricto apego a las leyes, usos y costumbres de la República de Costa Rica.

Una vez concluido el período promocional, cesarán automáticamente los efectos, tanto de la promoción como del presente reglamento.

Cualquier consulta se podrá realizar en Servicio al Accionista al teléfono: 2523-4949.

Línea-800 CAJANDE

800-2252633

Servicio al Accionista

2523-4949

Fax

2221-5128


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Escríbanos a la dirección electrónica mercadeo (arroba) cajadeande.fi.cr


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