CAJA DE ANDE

Ayudas económicas


Ayudas económicas


Procedimiento de solicitud

El accionista deberá realizar la solicitud de ayuda solidaria completando el formulario correspondiente en ventanilla, ya sea en Oficinas Centrales o sucursales. Dicho formulario debe estar debidamente firmado, conforme a la firma registrada en la cédula de identidad vigente.

La documentación deberá entregarse en físico cuando incluya firmas y sellos originales, tiquetes de caja o facturas de contado. También podrá recibirse por correo electrónico a gestiongerencia@cajadeande.fi.cr únicamente cuando la certificación médica cuente con firma o sello digital que permita validar su autenticidad.

En caso de que el accionista no pueda presentar la solicitud personalmente por motivos de enfermedad o edad, podrá hacerlo mediante las siguientes opciones:

  • Por medio de un tercero autorizado por escrito, adjuntando copia de cédula de ambas personas.
  • Mediante declaración jurada privada cuando exista impedimento de firma, rendida ante dos testigos, indicando quién firma en nombre del solicitante.
  • Por medio de certificaciones de poder emitidas por el Registro Nacional o por Notario Público, según corresponda.

Una vez recibida la solicitud, Caja de ANDE verificará que la documentación esté completa y cumpla con los requisitos establecidos en el reglamento.

La ayuda solidaria está dirigida exclusivamente a los accionistas de Caja de ANDE para la atención de sus propios padecimientos. Este beneficio no es heredable y se extingue en caso de fallecimiento del accionista.

El monto de la ayuda no podrá superar el tope máximo establecido por la Junta Directiva. En caso de otorgarse una suma inferior, el accionista podrá solicitar el complemento una vez transcurrido un año, hasta agotar el monto máximo correspondiente.

Cada solicitud será analizada por la Comisión de Ayudas Solidarias, la cual aprobará o rechazará el caso y determinará el monto correspondiente.

Los padecimientos por los cuales se solicite la ayuda deberán estar respaldados por un certificado emitido por un profesional competente, debidamente colegiado, según corresponda: médico, odontólogo, optometrista, audiólogo, fisioterapeuta, psicólogo o nutricionista.

Parámetros de ayuda por gastos de salud

  • Gastos médicos calificados: se otorgará el 50% del monto total de facturas que sumen como mínimo ¢100.000,00 y hasta el tope anual establecido.
  • Gastos odontológicos y compra de audífonos: se otorgará el 50% del monto total de facturas que sumen como mínimo ¢100.000,00 y hasta un máximo de ¢500.000,00.
  • Compra de lentes, nutrición, fisioterapia y psicología: se otorgará el 50% del monto total de facturas que sumen como mínimo ¢100.000,00 y hasta un máximo de ¢300.000,00.

Todos los documentos aportados deberán tener como máximo 12 meses de haber sido expedidos y deberán corresponder a tratamientos o exámenes realizados dentro de ese mismo período.

Requisitos para la ayuda solidaria

Para justificar la solicitud, el accionista deberá presentar la siguiente documentación:

  1. Formulario de Solicitud de Ayuda Solidaria debidamente completo y firmado.
  2. Copia de la cédula de identidad vigente.
  3. Dictamen, epicrisis o certificado médico original emitido por la CCSS, cooperativa asociada, INS o mediante SEDIMEC, cuando corresponda.
  4. Cuando aplique a gastos de salud, factura electrónica con detalle, clave numérica y a nombre del accionista.
  5. Cualquier otro documento que la Comisión de Ayudas Solidarias considere necesario para valorar la solicitud.

Importante: No aplican copias de expediente médico, referencias, comprobantes de cita, listas de padecimientos impresas del EDUS, órdenes de exámenes médicos ni resultados de exámenes como sustituto del dictamen o certificado requerido.


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