
REGLAMENTO DE PROMOCIÓN - ¡ESTAR AL DÍA LE PREMIA!
PRIMERA: TITULARIDAD
La presente promoción es organizada por Caja de ANDE, cédula jurídica (indicar número), con domicilio en (indicar domicilio), en adelante denominada “Caja de ANDE” o “la Institución”, y se regirá por las disposiciones establecidas en el presente Reglamento.
SEGUNDA: NATURALEZA DE LA PROMOCIÓN
La promoción “¡Estar al día le premia!” tiene como objetivo incentivar a los accionistas de Caja de ANDE a mantener sus operaciones crediticias al día y proteger su récord crediticio.
La promoción contempla sorteos mensuales entre los accionistas que cumplan con las condiciones establecidas en este Reglamento.
TERCERA: DEFINICIONES
Para efectos del presente Reglamento se entenderá por:
Accionista: Persona que mantiene la condición de accionista de Caja de ANDE.
Operación(es) crediticia(s) al día: Aquella operación crediticia que, de acuerdo con los registros oficiales de Caja de ANDE, se encuentra al día en sus obligaciones de pago y no presenta condición de morosidad al momento del corte establecido.
Participante: Accionista que cumple con las condiciones establecidas en este Reglamento y que, por tanto, forma parte de la base de participantes del sorteo correspondiente.
CUARTA: VIGENCIA
La promoción estará vigente del 01 de setiembre, 2026al 31 de enero 2027 .
Durante la vigencia de la promoción se realizará un sorteo mensual, correspondiente al mes inmediatamente anterior (mes vencido).
Los sorteos se efectuarán durante el mes siguiente al período que se está evaluando, de acuerdo con el calendario establecido por Caja de ANDE y comunicado previamente por sus canales oficiales.
Calendario de sorteos
| Período evaluado | Validación / generación de base | Mes del sorteo | Premios |
|---|---|---|---|
| Octubre 2026 | Posterior al cierre y procesos de morosidad | Noviembre 2026 | 5 × ₡100.000 |
| Noviembre 2026 | Posterior al cierre y procesos de morosidad | Diciembre 2026 | 5 × ₡100.000 |
| Diciembre 2026 | Posterior al cierre y procesos de morosidad | Enero 2027 | 5 × ₡100.000 |
| Enero 2027 | Posterior al cierre y procesos de morosidad | Febrero 2027 | 5 × ₡100.000 |
QUINTA: PARTICIPACIÓN
Participarán automáticamente los accionistas de Caja de ANDE (se requiere al menos una operación crediticia vigente) que se encuentren al día en todas sus operaciones crediticias al momento del corte correspondiente a cada sorteo.
No será necesario realizar inscripción, compra, pago adicional ni ningún trámite para participar.
El accionista que presente alguna operación crediticia en condición de morosidad al momento del corte quedará excluido del sorteo correspondiente.
La participación en un sorteo no garantiza la participación en los siguientes sorteos. Para cada período mensual deberá cumplirse nuevamente la condición de encontrarse al día.
SEXTA: BASE DE PARTICIPANTES
La base de participantes será generada con información de los sistemas institucionales de Caja de ANDE y será validada por la Unidad de Control de Crédito, de acuerdo con los procesos institucionales de detección de morosidad.
Para efectos de la generación de la base se considerarán los procesos de aplicación de pagos correspondientes a los diferentes grupos de accionistas.
La base será solicitada un mes posterior al mes particiopante al día 22 de cada mes, ( ejemplo setiembre, base con corte al 22 de octubre) una vez aplicados los procesos correspondientes y la planilla de pensionados de la CCSS, según corresponda.
SÉTIMA: PREMIOS
En cada sorteo mensual se otorgarán:
Cinco (5) premios de ₡100.000 (cien mil colones) cada uno.
Cada ganador tendrá derecho a un único premio por sorteo.
Una misma persona podrá resultar ganadora una única vez durante la vigencia de la promoción.
OCTAVA: SORTEO Y SELECCIÓN DE GANADORES
Fecha de sorteo: mes siguiente post mes vencido
Los ganadores serán seleccionados mediante un mecanismo informático de selección aleatoria a partir de la base definitiva de participantes que cumplan con las condiciones establecidas en este Reglamento.
Se seleccionarán cinco ganadores por cada sorteo mensual, sin repetición y en el orden resultante de la selección aleatoria.
Caja de ANDE verificará previamente que las personas seleccionadas cumplan con las condiciones de participación. En caso de que alguna persona seleccionada no cumpla con los requisitos establecidos, se procederá a seleccionar un nuevo ganador.
NOVENA: COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL PREMIO
Caja de ANDE contactará a los ganadores mediante los datos registrados en sus sistemas institucionales. Se realizarán (indicar cantidad) intentos de contacto en días distintos, dejando constancia de cada gestión.
Para hacer efectivo el premio, el ganador deberá acreditar su identidad y aportar la información necesaria para el depósito correspondiente dentro de 10 días (hábiles) contados desde su notificación. El premio se depositará dentro de (15) días (hábiles) posteriores al cumplimiento de esos requisitos.
En caso de que un ganador no pueda ser localizado después de agotados los intentos de contacto, o no aporte con los requisitos establecidos para recibir el premio, Caja de ANDE podrá seleccionar un nuevo ganador, esto posterior a los 3 meses de caducidad del sorteo en el que resulto ganador.
En caso de fallecimiento de la persona ganadora, el derecho patrimonial al premio que se haya consolidado se atenderá conforme a la legislación sucesoria aplicable, previa acreditación de la legitimación correspondiente.
DÉCIMA: CONDICIONES GENERALES
La participación en la promoción se regirá por las condiciones establecidas en este Reglamento, sin que se requiera aceptación expresa del accionista.
La entrega del premio no estará condicionada a la contratación de productos o servicios, a la formalización de nuevas operaciones crediticias ni a la autorización para utilizar la imagen, voz o testimonio del ganador.
Caja de ANDE utilizará como fuente oficial para determinar la condición crediticia de los participantes la información registrada en sus sistemas institucionales y la base validada por la Unidad de Control de Crédito.
UNDÉCIMA: MODIFICACIONES
Caja de ANDE podrá aclarar o corregir errores materiales de este Reglamento cuando resulte necesario, conforme a la normativa aplicable y mediante comunicación por los mismos medios utilizados para divulgar la promoción. No podrán reducirse los premios ni modificarse en perjuicio de los participantes los requisitos aplicables a períodos ya iniciados.
DUODÉCIMA: CONSULTAS
El presente Reglamento estará disponible para consulta en el sitio web oficial de Caja de ANDE antes y durante la vigencia de la promoción.
Para consultas relacionadas con la promoción, los accionistas podrán comunicarse con Servicio al Accionista al 2523-4949, al correo servicioalaccionista@cajadeande.fi.cr o en Oficinas Centrales o Sucurslaes.
DECIMOTERCERA: INTEGRIDAD Y CIERRE DE LA BASE
La Unidad de Control de Crédito validará la base definitiva en la pruebas antes de cada sorteo. Esta deberá identificar el período evaluado, la fecha y el número de participantes. Cualquier corrección por error comprobado deberá documentarse antes de efectuar el sorteo.
Cada accionista tendrá una única oportunidad de selección en cada sorteo, independientemente del número o monto de sus operaciones crediticias.
DECIMOCUARTA: CONSTANCIA Y FISCALIZACIÓN DEL SORTEO
La escogencia de los ganadores se realizará ante notario público o se hará constar mediante declaración jurada, de conformidad con el artículo 59 del Reglamento a la Ley N.º 7472. (Indicar modalidad aplicable). La constancia correspondiente deberá indicar la fecha del sorteo, los datos de las personas favorecidas, el mecanismo de selección, los premios y el procedimiento para su entrega.
Caja de ANDE dejará constancia de la base utilizada, los ganadores las personas responsables de ejecutar y verificar el sorteo y las incidencias que se presenten.
DECIMOQUINTA: PERSONAS EXCLUIDAS
No podrán participar las personas que intervengan directamente en la generación o validación de la base, en la ejecución del sorteo o en la verificación de sus resultados. Cualquier otra exclusión deberá definirse de forma expresa y comunicarse antes del inicio de la promoción.
DECIMOSEXTA: REVISIÓN DE INCIDENCIAS
Los accionistas podrán solicitar la revisión de una exclusión o de un registro de morosidad que consideren incorrecto por los canales indicados en la cláusula duodécima, identificando el período cuestionado y aportando, cuando corresponda, la información que permita verificar el pago.
DECIMOSÉTIMA: PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Caja de ANDE utilizará únicamente los datos de identificación, contacto y condición crediticia necesarios para administrar la promoción, verificar requisitos y entregar los premios, de conformidad con la Ley N.º 8968 y la normativa aplicable. No se divulgarán saldos, datos de operaciones crediticias ni información financiera de los participantes.
La participación o la condición de ganador no autoriza el uso publicitario de su imagen, voz o testimonio. Cualquier utilización de esa naturaleza requerirá autorización separada, expresa y voluntaria, sin que su negativa afecte el derecho al premio.
DECIMOCTAVA: PUBLICIDAD Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
La publicidad de la promoción deberá comunicar de forma clara los premios, y el medio para consultar el premio y en el reglamento las condiciones esenciales de participación, las restricciones y el medio para consultar. En caso de diferencias entre la publicidad y las condiciones divulgadas, se observará la normativa de protección al consumidor y se efectuarán las correcciones que correspondan.
Los resultados de cada sorteo se darán a conocer por los mismos medios utilizados para anunciar la promoción, mediante el nombre de los ganadores que respete la protección de datos personales).
DECIMONOVENA: CONTINGENCIAS
Cuando una falla técnica, una circunstancia de fuerza mayor o una imposibilidad material comprobada impida realizar válidamente un sorteo, Caja de ANDE podrá reprogramarlo y comunicará la nueva fecha por los mismos medios utilizados para divulgar la promoción, sin reducir el número o monto de los premios ni alterar las condiciones de participación del período evaluado.
VIGÉSIMA: CONSERVACIÓN DE EVIDENCIAS
Caja de ANDE conservará las versiones del Reglamento, las piezas publicitarias, las bases definitivas, las constancias de selección, los registros de comunicación y los comprobantes de deposito , conforme a la normativa aplicable y a las políticas institucionales de conservación y protección de datos.
Comuníquese con nosotros
Ponemos a su disposición los siguientes medios para atenderle:
Servicio al Accionista
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